miércoles, 17 de octubre de 2012

Los empleados públicos cobrarán menos sueldo estando de baja médica

Los empleados públicos de la Administración del Estado que se encuentren en situación de incapacidad temporal por enfermedad a partir de este lunes verán reducidas sus retribuciones desde el primer día, en lugar de percibir la totalidad de su salario durante los 90 primeros días de baja como hasta ahora.
 
Así lo indica el decreto ley de recortes del 13 de julio, en cuya disposición adicional decimoctava fijaba la entrada en vigor de esta modificación en un plazo de tres meses desde su aprobación.
 
Concretamente, estos trabajadores verán reducido su salario a la mitad durante los primeros tres días de baja; desde el cuarto día hasta el vigésimo, ambos inclusive, se reconocerá un complemento que sumado a la prestación económica reconocida por la Seguridad Social sea equivalente al 75% de sus retribuciones; y a partir del día vigésimo primero, inclusive, se le reconocerá una prestación equivalente al 100% de las retribuciones que se vinieran percibiendo en el mes anterior al de causarse la incapacidad.
 
El Gobierno justificó esta medida para reducir los niveles de absentismo en la Administración y espera ahorrar con ella algo más de 1.000 millones, según el Plan Presupuestario remitido este verano a Bruselas.
 

REGULACIÓN PENDIENTE
 

La aplicación de esta medida se concretará en una instrucción que publicarán en breve las Secretarías de Estado de Administraciones Públicas y la de Presupuestos y Gastos.
 
Para concretar estas instrucciones, representantes de la administración se reunieron con las centrales sindicales oficialistas el pasado 9 de octubre, y en ella les presentaron un primer borrador.
 
En la interpretación del Decreto realizada por el Gobierno, esta medida no será aplicada al personal laboral en el exterior, al que se le aplica la normativa local, al personal que cobra a través de subvenciones o al que recibe una retribución inferior a 13.469,4 euros (1,5 veces el salario mínimo interprofesional), al igual que al que viera reducido su sueldo por debajo de esta cantidad después de la reducción del salario.
 
Asimismo, cuando la incapacidad temporal implique intervención quirúrgica u hospitalización, las retribuciones no serán objeto de minoración, al igual que en el caso de los empleados públicos sometidos a tratamientos de radioterapia y quimioterapia, o el de las trabajadoras en estado de gestación, aún cuando no haya situación de riesgo durante el embarazo.

Una vez más, vemos cómo el Gobierno criminaliza a los empleados públicos, que son un colectivo infravalorado y que ha visto reducir sus salarios de una forma escandalosa con la excusa de una crisis que ellos no han generado. Los empleados públicos son siempre el chivo expiatorio de los sacrificios económicos, pero es necesario recordar que sólo los "enchufados políticos" (que a estos efectos se suelen contabilizar junto a ellos, pero que nada tienen que ver) merecen esa mala imagen; son empleados públicos que no ha superado ninguna oposición y que fueron designados a dedo por millares, con sueldos desorbitados y cuya productividad suele ser más que cuestionable, pero esos "enchufados" no son los verdaderos empleados públicos, lo que de verdad van a verse afectados por esta y tantas otras medidas duras con la excusa de que "tienen empleo fijo" (como si ello no fuera el fruto de años de preparación para opositar a cambio de unos salarios miserables en la mayor parte de los casos...).

No hay comentarios: